Indocumentados pagaran $100 por cada mes que vivan en Costa Rica.
En caso de no aplicar la multa, en su defecto, la DGME les prohibirá el ingreso por un plazo equivalente al triple del tiempo de su permanencia ilegal en Costa Rica, explicó la directora de esta institución gubernamental, Gisela Yockchen.
Yockchen agregó que la multa está contemplada en el artículo 33 de la Ley General de Migración, cuyo cobro se había pospuesto por última vez en agosto del 2014 mediante un decreto ejecutivo, el cual finaliza el próximo 19 de abril.
Más restricciones
La multa de 100 dólares por mes de irregularidad no será impuesta únicamente a las personas que ingresen a Costa Rica con visas y amplíen su estadía más allá del tiempo de vigencia, sino también a los extranjeros que posean una residencia temporal o permisos laborales y que al momento de salir del territorio tengan su documento vencido.
Los 100 dólares se cobrarán por cada mes que la persona haya pasado de forma irregular en el país, después de vencido el plazo autorizado de permanencia. Por ejemplo, si una persona ingresó el 1 de enero y le aprobaron visa de 30 días de permanencia en Costa Rica, puede estar hasta el 30 de enero, por lo que ya el 1 de febrero se encontrará irregular.

Si la persona no puede o no quiere cancelar la multa al momento de su salida del país, el oficial de Migración le impondrá un impedimento de ingreso por el triple de tiempo en que la persona permaneció en Costa Rica de forma irregular.
Es decir, si el extranjero permaneció un mes después del plazo de estadía permitido, se le impondrán tres meses de impedimento de ingreso, durante los cuales no podrá entrar a Costa Rica a través de ningún puesto de control migratorio.

El oficial de Migración le entregará a la persona extranjera una resolución en la que se establece la medida, misma que ingresará en el sistema el impedimento con el fin de que en todos los puestos de control migratorio se tenga el conocimiento.
Fuente: LaPrensa.Ni
