Diputados aumentan pena de 3 a 5 años a quienes difundan fotos íntimas de mujeres por cualquier medio electrónico.
Con 78 votos la Asamblea Legislativa aprobó reformas a LEIV, para aumentar las condenas a quienes dañen la integridad y honor de las mujeres que tendrán condenas de entre 3 y 5 años. Quien divulgue material pornográfico tendrán una sanción de entre 5 y 10 años de prisión
Es decir, a partir de ahora, se aumentarán las penas de prisión, de 3 a 5 años, a quienes distribuyan información personal que dañe el honor e intimidad de una mujer. De igual forma, se incrementarán las condenas para aquellos que difundan y compartan, a través de cualquier dispositivo electrónico, material pornográfico que derive de relaciones sentimentales.
Este era un vacío legal heredado por años y que hasta este año se retomó en la Comisión legislativa que determina casos de mujeres.
“La violencia no conoce de género, edad y, mucho menos, de estrato social. Quiero agradecer a todos aquellos hombres que se sumaron a dar sus votos para este dictamen porque garantizar una vida libre de violencia es tarea de todos”, aseguró la diputada Alexia Rivas.
